En el boletín de este mes mencionamos como novedad legislativa importante la Orden TMS/83/2019 de cotización para 2019, si bien, puesto que ya apareció en Periscopio, nos limitamos a remitirnos a la misma y a reflejar la corrección de errores relativa a la tabla de bases mínimas y máximas de cotización. También advertimos sobre la publicación de la Orden por la que se convoca la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2018. Finalmente, dada su vertiente laboral, incluimos una reseña sobre la ley de secretos empresariales.
Por otra parte, recogemos una serie de sentencias relevantes. El Tribunal de Justicia de la UE ha abundado en la doctrina sobre no discriminación por razón de religión a raíz de una cuestión prejudicial planteada desde Austria. La Sala de lo Social del Supremo ha cambiado de criterio concluyendo que la normativa antigua que obligaba a las empresas en ciertos casos a establecer comedor para los empleados debe considerarse plenamente derogada. En otra serie de sentencias, podremos observar que ha mantenido líneas jurisprudenciales previas, si bien adecuándose a las circunstancias de la controversia. Es el caso de la sentencia en que considera que concurre una sucesión de empresa en una serie de operaciones complejas dentro del Grupo Prisa radio por las que se concentra en una única compañía departamentos de apoyo administrativo procedentes de otras. En otra resolución importante admite la validez del precepto del convenio colectivo de contact center que regula una modalidad de contrato eventual para el inicio de nuevas campañas.
Aparte de varias sentencias adicionales muy interesantes del mismo Tribunal Supremo, que tratan materias como la compensación de vacaciones, la cesión ilegal, el accidente de trabajo, entre otras, hemos decidido recoger una del Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid, puesto que trata la cuestión de plena actualidad de la laboralidad de trabajadores formalmente autónomos en el marco de la economía colaborativa.
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