En el Boletín de este mes destacan los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, relativos a la posible discriminación por razones religiosas o ideológicas en la empresa, concretamente, sobre la posibilidad de prohibir o no determinados símbolos religiosos, políticos o filosóficos en la empresa. Del mismo modo, cabe destacar las sentencias del Tribunal Supremo relativas a la utilización de grabaciones obtenidas mediante las cámaras de video-vigilancia ubicadas en las instalaciones de trabajo, que sigue la línea de los últimos pronunciamientos de la Sala, sobre la legitimación del uso de las imágenes para imponer sanciones a los trabajadores en determinadas circunstancias.
De otro lado, el Alto Tribunal mantiene en dos sentencias la doctrina jurisprudencial respecto a la flexibilización del requisito de la necesaria homogeneidad en orden a aplicar el mecanismo de la absorción o compensación siempre y cuando responda a complementos de la misma naturaleza. Por último, el Boletín destaca un pronunciamiento en el que se matiza cuándo nos encontramos ante una vulneración del derecho a la huelga de los trabajadores de una empresa contratista y dejan de prestar los servicios a una empresa principal, permitiendo a ésta contratarlos con la competencia sin que se considere que se ha infringido dicho derecho.
En materia legal, destacar el Real Decreto sobre el sistema de reducción de cuotas por contingencias profesionales a empresas con baja siniestralidad.