Chipre y Portugal han procedido con la trasposición de algunas medidas anti-elusión derivadas de la Directiva contra prácticas fiscales elusivas (ATAD I) que deberán desplegar sus efectos desde el 1 de enero de 2019.
En lo que respecta a Chipre, el Parlamento aprobó el pasado 5 de abril de 2019 la trasposición de las medidas en materia de limitación a la deducibilidad del gasto financiero neto, transparencia fiscal internacional (CFC rule) y la cláusula general anti-abuso. Las reglas en materia de imposición de salida y anti-híbridos de ATAD I se implementarían con posterioridad.
Del mismo modo, Portugal procedió el pasado 18 de abril de 2019 mediante el Decreto de la Asamblea Nacional 289/XII de 10 de abril a trasponer algunas de las reglas anti-elusión de ATAD I, en particular la limitación a la deducibilidad del gasto financiero neto y la regla sobre transparencia fiscal internacional (CFC rule).
Para mayor información sobre la trasposición chipriota y portuguesa, así como para conocer el estado de la implementación de ATAD I en distintos Estados miembro de la UE os invitamos a consultar nuestra previa publicación: Las medidas anti-abuso de BEPS llegan a la Unión Europea.