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A la espera de convalidación, llegan (de nuevo) la Cuenta de Ahorro e Inversión y el SIALP Financia Europa

El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (RDL), crea los muy esperados productos para llevar el ahorro minorista hacia los mercados de capitales europeos. Con ellos, España responde a la Recomendación (UE) 2025/2029 y a la etiqueta «Finance Europe». Son productos que llegan en su segunda oportunidad: el texto ya se sometió a la convalidación del Congreso de los Diputados sin superarla, y ahora se someterá de nuevo a su convalidación.

Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa (CAIFE)

¿Qué es? Es un contrato de servicios de inversión que se articula en una subcuenta de valores y una subcuenta operativa de efectivo, vinculadas a una cuenta de contrapartida. Pueden ofrecerla las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión.

Requisitos. Cada contribuyente puede tener una sola cuenta a su nombre y sin posibilidad de transmitirla. Las aportaciones se hacen solo en dinero, con un máximo de 150.000 euros.

La norma fija una lista cerrada de activos elegibles: acciones admitidas a negociación en mercados regulados o sistemas multilaterales de negociación, emitidas por sociedades de la UE o del EEE y  participaciones de IICs, incluidos ETFs, que estén inscritas en el Registro de IICs Elegibles de la CNMV. Para ser elegibles, esas IICs deben cumplir, entre otros requisitos, un mínimo de inversión en el EEE y tener al menos un 50% de su cartera en renta variable, del que un 35% como mínimo debe ser renta variable del EEE. Los requisitos de estos activos podrán concretarse por vía reglamentaria. Quedan excluidas las acciones de SOCIMI, las participaciones de SICAV y los derivados.

Además, la entidad proveedora no puede conceder créditos ni préstamos al titular para operar con valores dentro de la cuenta. Es decir, no cabe invertir con apalancamiento. El efectivo de la cuenta no puede superar los 1.500 euros.

Fiscalidad. Las ganancias no tributan mientras los activos permanezcan en la cuenta. Se integran en la base del ahorro cuando el titular dispone de los fondos. Si las aportaciones se mantienen más de cinco años, la ganancia que les corresponde está exenta al 100% hasta 10.000 euros por contribuyente; del exceso, queda exento el 20%. Los dividendos y otras participaciones en beneficios tributan en el momento de su percepción.

Existe además una modalidad «Reinversión», que pueden utilizarla quienes vendan una vivienda a entes del sector público dedicados a vivienda social y asequible, por un valor inferior a 800.000 €, siempre que la vivienda haya estado desocupada de forma continuada y sin causa justificada durante los dos años anteriores. En ese caso, la parte de la ganancia que no queda exenta puede beneficiarse de la exención por reinversión si el importe correspondiente se aporta a esta cuenta, con un máximo acumulado de 800.000 euros.

Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo Financia Europa (SIALPFE)

¿Qué es? Es una nueva modalidad de Plan de ahorro a largo plazo (PALP): un seguro de vida en el que el contribuyente es a la vez tomador, asegurado y beneficiario. La aseguradora elige los activos y el cliente solo escoge entre las carteras que ofrece el contrato.

Requisitos. Cada contribuyente solo puede tener un Plan de Ahorro a Largo Plazo al mismo tiempo. Las primas no pueden superar los 10.000 euros anuales (en el SIALP y la CIALP el límite sigue en 5.000 euros).

Antes de ofrecer el producto, la aseguradora debe definir uno o varios conjuntos de activos, que tienen que reflejarse por separado en su balance. Esos conjuntos solo pueden incluir acciones cotizadas de sociedades de la UE o del EEE (salvo SOCIMI), IICs elegibles (salvo SICAV) y renta fija de emisores del EEE con calificación mínima de BBB. No se admiten derivados, y la cartera debe invertir al menos un 30 % en renta variable. A diferencia del SIALP, no exige garantía del 85% del capital.

Los fondos sólo pueden cobrarse en forma de capital y por el importe total; no se permiten disposiciones parciales. En cuanto a su movilización, solo puede movilizarse a otro SIALPFE. Al vencimiento de un SIALP o de un SIALPFE, la prestación puede destinarse íntegramente a un nuevo SIALPFE de la misma entidad sin que cuente como disposición ni compute en el límite anual.

Fiscalidad. Los rendimientos están exentos si no se dispone del capital antes de cinco años. Si se dispone antes, o se incumple un requisito sin subsanarlo, se aplica una retención del 19% sobre todo el rendimiento obtenido.

Algunas consideraciones

Durante su gestación se han debatido distintas alternativas en torno a su diseño fiscal al objeto de incentivarlos, desde una deducción por aportación hasta un régimen de diferimiento o de exención de las rentas. Finalmente se ha apostado por la segunda vía. El incentivo de la CAIFE se apoya sobre todo en el diferimiento, porque su exención total tiene un tope de 10.000 euros. Para el gran ahorrador, ese tope puede resultar poco atractivo. El SIALPFE ofrece una exención más completa, pero con poco volumen y sin garantía de capital.

El RDL ha entrado en vigor, aunque está pendiente de convalidación, pero ninguno de los dos productos puede comercializarse ni contratarse todavía. La CAIFE espera la orden ministerial que articule las obligaciones de información a la Administración tributaria del artículo 95 ter.10 LIRPF. El SIALPFE espera la orden que desarrolle sus obligaciones específicas de información del artículo 69.3.g) del Reglamento del IRPF.

La forma en que se han articulado los incentivos fiscales acarreará un incremento en el nivel de control e información (ya muy exigente) que el sector deberá implementar para la distribución de estos productos. La información exigida es muy granular: aportaciones, disposiciones, valor liquidativo, aportaciones pendientes de recuperación, ganancias de cada disposición y operaciones con cada activo. En esa declaración tendrá que incluir, entre otros datos, la identificación de las subcuentas y de la cuenta de contrapartida, las fechas e importes de las aportaciones y las aportaciones recuperadas en cada disposición. La modalidad Reinversión, reservada a esas ventas concretas de vivienda, añade un nivel más: hay que informar de la procedencia de cada aportación y de su vinculación con la venta de la vivienda que la origina. En el SIALPFE, las aseguradoras deberán incorporar a la declaración de los PALP los datos necesarios para controlar la elegibilidad de los activos.

Todo apunta a que esta vez el marco que introduce estos productos sí será el definitivo, a expensas de su convalidación. Por ello, para las entidades es hora de pasar de las fases de estudio y valoración interna a su efectivo diseño e implementación. Así, las entidades estarán en mejor posición para lanzar los productos en cuanto se aprueben las órdenes ministeriales.

Claudia Nieto: