Recientemente, la Comisión Europea ha publicado un paquete de medidas de lucha contra la evasión fiscal, la planificación fiscal agresiva, y la búsqueda de una mayor transparencia entre los Estados miembros, con el objetivo de garantizar una competencia más justa para las empresas del mercado único.
Esta propuesta surge del proyecto BEPS del G20 y de la OCDE, con el objetivo de reforzar y dotar de mayor coherencia el enfoque de la Unión Europea en materia de lucha contra el fraude del Impuesto sobre Sociedades.
El paquete de medidas comprende cuatro documentos fundamentales:
- La propuesta de una directiva para la lucha contra la evasión fiscal, con el establecimiento de varias medidas, entre las que destaca: la introducción de una limitación a la deducibilidad de los intereses financieros a un máximo del 30% del EBITDA, o a un millón de euros si tal porcentaje fuese superior (medida ya prevista en nuestra normativa), el establecimiento de impuestos de salida en caso de transferencia de activos desde la matriz a un establecimiento permanente, la limitación de beneficios fiscales respecto de las rentas que provengan de una distribución de dividendos o ganancias de capital provenientes de participadas, filiales o establecimientos permanentes situados en países de baja tributación, el establecimiento de una cláusula general anti-abuso para acuerdos comerciales formalizados únicamente por motivos fiscales, la integración en la base imponible del contribuyente de las rentas no distribuidas de filiales en determinados casos, y la introducción de medidas de aplicación bilateral para hacer frente a asimetrías híbridas.
- La propuesta de la modificación de la Directiva 2011/16/UE, en lo relativo al intercambio de información entre países: cada Estado miembro adoptará las medidas para exigir que la entidad matriz última de un grupo con residencia en su territorio elabore un informe país por país. En España, esta información se deberá presentar de forma obligatoria para los ejercicios iniciados a partir de 2016, respecto de grupos multinacionales cuya matriz resida en España, cuando la cifra de negocios del ejercicio anterior sea superior a 700 millones de euros.
- Una recomendación sobre la aplicación de medidas contra los abusos en detrimento de los convenios fiscales: pretende evitar la selección abusiva de los convenios más favorables y otras estrategias abusivas, con la inclusión en los Convenios de una modificación en la cláusula anti-abuso. También se recomienda la aplicación de las nuevas disposiciones propuestas del artículo 5 del Modelo de Convenio Fiscal de la OCDE, a fin de combatir la elusión artificiosa del estatuto de establecimiento permanente (Medida 7 de BEPS).
- La comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la estrategia exterior para la implantación efectiva de estas disposiciones: medidas para favorecer la buena gobernanza fiscal a escala mundial, la lucha contra las amenazas externas de erosión de la base imponible y a garantizar la igualdad de condiciones de todas la empresas.