La ley 27.506, publicada en la Gaceta Oficial de Argentina el pasado mes de junio, incluye un régimen de promoción de la economía del conocimiento que sustituye al régimen especial para la actividad de software.
El régimen incluye un listado de actividades promovidas que tiene como objeto la creación, diseño, desarrollo, producción e implementación o adaptación de productos y servicios, de, entre otros, software y servicios informáticos y digitales, producción y postproducción audiovisual o determinadas actividades científicas o de ingeniería.
Los principales beneficios fiscales son (i) la reducción del tipo impositivo de impuesto sobre sociedades del 25% general (aplicable a ejercicios fiscales que empiecen en o a partir de 1 de enero de 2020) al 15%, (ii) la estabilidad fiscal de la carga tributaria nacional y (iii) determinados créditos fiscales relacionados con las cuotas de seguridad social.
Entre otros requisitos, podrán beneficiarse del régimen aquellas personas jurídicas cuya actividad principal sea alguna de las promovidas siempre y cuando el porcentaje de facturación en las mismas represente al menos un setenta por ciento respecto del total de la facturación.
Este nuevo régimen estará en vigor desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2029. La reglamentación con detalles adicionales al respecto se espera que se publique en los próximos meses.
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