La entrada del nuevo gobierno y el inicio de un nuevo ejercicio nos ha dejado más novedades normativas de lo que suele ser habitual. Entre las mismas cabe destacar el “Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2019-2020”, una declaración de intenciones de las medidas de actuación que desde el mes de agosto de 2018 adoptará y pondrá en marcha la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
Respecto a las novedades jurisprudenciales, nos hacemos eco, entre otras, de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre: la diferencia de trato existente entre empleados laborales de las administraciones, y en concreto, entre la diferencia entre el trabajador fijo y el trabajador temporal o indefinido no fijo en materia de readmisión del trabajador; la concesión de una indemnización por despido improcedente, así como la existencia de una transmisión de empresa aún cuando hubiera existido una interrupción temporal en la prestación de servicios.
En cuanto a nuestros tribunales, y en concreto al Tribunal Supremo, reflejamos sus últimas sentencias más relevantes, entre las que se determina, entre otros, la posibilidad de deducir la indemnización por despido improcedente la cantidad ya percibida por finalización de contratos temporales sucesivos ilícitos, la información que debe entregarse a la representación legal de los trabajadores durante el período de consultas de un proceso de modificación sustancial de las condiciones de trabajo y la confirmación del fin de la ultraactividad en los convenios colectivos.
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