El 20 y el 24 de febrero de 2026 se abrió el trámite de audiencia pública dos textos normativos de gran relevancia para la evolución del sistema eléctrico español.
Por un lado, la Propuesta de Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que regula los permisos de acceso flexibles para instalaciones de demanda y almacenamiento (en adelante, la “Propuesta sobre accesos flexibles” y la “CNMC”, respectivamente), y por otro lado, el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen requisitos mínimos de diseño, equipamiento, funcionamiento y seguridad de las instalaciones que se conecten a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica (en adelante, la “Propuesta sobre conexiones a la red”).
Ambos textos, aunque independientes, configuran una arquitectura regulatoria coherente y permiten incorporar nueva demanda en redes tensionadas, siempre bajo un estándar técnico y operativo cuya exigencia ha aumentado. Esta doble aproximación pone de manifiesto una tendencia clara en la regulación: la flexibilidad deja de ser un elemento accesorio y pasa a ocupar un lugar central en la estructura del sistema eléctrico.
1. Principales novedades introducidas por la Propuesta sobre accesos flexibles
La Propuesta sobre accesos flexibles deriva del mandato de la Circular 1/2024, de 27 de septiembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica. Esta Circular encomienda a la CNMC concretar las distintas tipologías de acceso flexible para instalaciones de demanda y almacenamiento mediante las correspondientes especificaciones de detalle. En cumplimiento de este mandato, la CNMC somete a audiencia pública un esquema destinado a facilitar nuevas conexiones en nudos tensionados y a definir el marco operativo que permita gestionarlas de forma segura.
En este contexto, la CNMC plantea un nuevo marco de acceso para instalaciones de demanda y almacenamiento mediante cuatro modalidades de permisos flexibles, concebidos para que permitan la conexión en redes tensionadas sin comprometer la seguridad del sistema. El elemento central es que el titular acepte limitaciones operativas, ventanas horarias específicas o incluso desconexiones inmediatas cuando las condiciones de la red lo exijan. En concreto, los cuatro permisos flexibles que se regulan son los siguientes:
- Permiso de acceso flexible Tipo 0 – Patrones. Esta modalidad permite consumir la potencia flexible solo dentro de unas franjas horarias previamente definidas por el gestor de la red, que actúan como patrón de funcionamiento. Para garantizar su cumplimiento, se exige control local y telemedidas. En caso de que la instalación consuma fuera del horario permitido, el gestor podrá desconectar la instalación mientras persista la desviación.
- Permiso de acceso flexible Tipo 1 – Desconexión remota por indisponibilidad N‑1. Este tipo afecta a instalaciones conectadas a una red de distribución con tensión superior a 36 kV y con posición dedicada en subestación. La CNMC detalla que, estas instalaciones, en condiciones normales, operan con acceso firme, pero si en la subestación se produce una indisponibilidad simple (N‑1) u otra situación que comprometa los parámetros de seguridad, el gestor de la red puede desconectarlas de forma remota y sin preaviso, manteniendo la desconexión mientras persista el riesgo.
- Permiso de acceso flexible Tipo 2 – Flexible en red de distribución. Esta modalidad se aplica a instalaciones conectadas a redes de distribución con tensión superior a 36 kV y con una potencia flexible superior a 1 MW. Cuando el gestor de la red detecta la posibilidad de incumplir los parámetros de control en el nudo de conexión o en su zona de influencia, puede ordenar reducciones temporales de la potencia asociada a la capacidad flexible, ya sea mediante programación el día anterior o a través de instrucciones en tiempo real que deben atenderse en menos de 30 minutos en escenarios preventivos o en menos de 3 minutos en escenarios correctivos.
- Permiso de acceso flexible Tipo 3 – Flexible en red de transporte. Esta tipología se aplica a instalaciones conectadas directamente a la red de transporte y exige su integración en el Sistema de Reducción Automática de Potencia (SRAP). Gracias a este sistema, el operador del sistema puede reducir parcial o totalmente la potencia flexible, incluso hasta cero, cuando la seguridad del sistema así lo requiera. Además, este permiso obliga a remitir telemedidas en tiempo real, y establece que las reducciones aplicadas se liquidarán al precio marginal del mercado diario, de acuerdo con las modificaciones introducidas en los procedimientos operativos aplicables.
Además de tipificar las cuatro modalidades, la Propuesta sobre accesos flexibles de la CNMC introduce dos piezas clave que vertebran el nuevo marco.
Por un lado, aprueba el Procedimiento de Operación de Distribución (POD1), que define los criterios de seguridad de la red de distribución y establece cómo debe actuar el gestor cuando estos criterios puedan verse comprometidos. En estos casos, el gestor puede enviar instrucciones en tiempo real, aplicar reducciones temporales de potencia o incluso desconectar remotamente instalaciones con acceso flexible, manteniendo estas medidas hasta que la red recupere condiciones seguras. El POD1 también fija los requisitos de telemedida y supervisión necesarios para verificar el cumplimiento de las instrucciones asociadas al permiso flexible.
Por otro lado, la Propuesta sobre accesos flexibles de la CNMC modifica los Procedimientos Operativos (en especial, los PO 3.1, 3.2, 3.11 y 14.4) para que los permisos flexibles queden plenamente incorporados a la operativa habitual del sistema. De este modo, las limitaciones de consumo, las reducciones de potencia o las desconexiones vinculadas a estos permisos se reflejarán directamente en la programación de la demanda, en la gestión en tiempo real y en la liquidación económica de la energía. Estos cambios permiten autorizar nuevas conexiones en zonas tensionadas, siempre que la instalación cuente con la capacidad técnica necesaria para reducir o interrumpir su consumo cuando la seguridad de la red así lo requiera.
2. Principales novedades introducidas por la Propuesta sobre conexiones a la red
La transición energética y el fuerte crecimiento de las energías renovables, junto con la llegada de nuevas demandas eléctricas intensivas y el despliegue masivo de almacenamiento previsto en el PNIEC, hacen necesario actualizar los requisitos técnicos de conexión a la red. Los estándares vigentes, basados en los códigos de red europeos de 2016 y su desarrollo nacional de 2020, han quedado desfasados ante la nueva realidad del sistema eléctrico y ya no garantizan por sí solos su seguridad y estabilidad.
Asimismo, la norma responde a la necesidad de incorporar a la regulación a los sistemas de almacenamiento, extender los requisitos a los territorios no peninsulares y recoger nuevas exigencias técnicas identificadas por el operador del sistema en cumplimiento del Real Decreto 997/2025, como evitar oscilaciones adversas o reforzar la calidad y estabilidad de la inyección de potencia. Todo ello justifica la elaboración de un nuevo marco técnico nacional.
En este contexto, la Propuesta sobre conexiones a la red tiene como finalidad fijar los requisitos mínimos relativos al diseño, equipamiento, operación y seguridad de todas aquellas instalaciones que se conecten a la red de transporte. Esto incluye las instalaciones de generación, consumo, almacenamiento, los sistemas de alta tensión en corriente continua (HVDC) y cualquier otra infraestructura que se integre en las redes de transporte y distribución del Sistema Eléctrico Español.
Además, la Propuesta sobre conexiones a la red incorpora ciertos requisitos adicionales de conexión que provienen del proceso de análisis y revisión llevado a cabo por el operador del sistema, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre.
El grueso normativo de la Propuesta sobre conexiones a la red se articula a través de Anexos, al ser un documento de carácter técnico, y de una extensión de 98 páginas, conviene destacar sus 5 puntos más relevantes:
1. Actualización integral de los requisitos técnicos de conexión a la red: La norma supone una revisión completa de los requisitos de conexión para generación, demanda, almacenamiento, HVDC e instalaciones híbridas, actualizando y complementando los códigos europeos de red, que llevan casi 10 años sin modificarse. Este punto es esencial ya que:
- Moderniza el marco técnico para adaptarlo a un sistema eléctrico con alta penetración renovable.
- Permite gestionar tecnologías que no existían o eran marginales (almacenamiento, grandes cargas nuevas, HVDC modernos).
- Reduce el riesgo de inestabilidades en un sistema cada vez más basado en electrónica de potencia.
2. Inclusión por primera vez de un marco específico para el almacenamiento. El Anexo VI crea un régimen técnico detallado para los módulos de almacenamiento, que deben cumplir requisitos tanto de generación como de demanda, independientemente de si inyectan o absorben energía.
- El almacenamiento será esencial para integrar renovables y gestionar flexibilidad.
- Su comportamiento afecta a la seguridad del sistema igual que un generador.
- Establece criterios uniformes para tecnologías diversas (baterías, bombeo, volantes, híbridos).
3. Requisitos reforzados para nuevas demandas relevantes. La norma introduce requisitos avanzados para instalaciones de demanda de gran tamaño (≥20 MW peninsular / ≥5 MW no peninsular).
- Las nuevas grandes demandas (centros de datos, hidrógeno, electrificación industrial) pueden comprometer la estabilidad si no están controladas.
- Permite liberar capacidad de acceso en redes donde el límite viene dado por el criterio dinámico.
- Evita desconexiones masivas o comportamientos adversos en contingencias.
4. Refuerzo del control de estabilidad. Se exigen capacidades como el amortiguamiento de oscilaciones de potencia, el control combinado de tensión y potencia reactiva o el establecimiento de nuevos límites estrictos ante oscilaciones adversas.
- Estos requisitos permiten que generación, almacenamiento y HVDC actúen como estabilizadores avanzados.
- Minimiza el riesgo de colapsos o separaciones de red
5. Unificación y ampliación de requisitos para los territorios no peninsulares. Por primera vez, los territorios no peninsulares dejan de regirse por procedimientos aislados y adoptan un marco alineado con la península, adaptado a sus tensiones (66 kV) y a su menor robustez.
- Mejora la seguridad, la estabilidad y la integración renovable en sistemas pequeños.
- Homogeneiza criterios técnicos y reduce incertidumbre para inversores.
En la disposición final primera, se habilita a la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para actualizar, mediante orden, los requisitos mínimos de diseño, equipamiento, funcionamiento y seguridad para la conexión a la red establecidos en los anexos I a VII, previa propuesta justificada del gestor de la red de transporte.
3. Cómo interactúan ambas normas y hacia dónde evoluciona el modelo de flexibilidad
Tanto la Propuesta sobre accesos flexibles de la CNMC como la nuevo Propuesta sobre conexiones a la red avanzan en una misma dirección, orientada a reforzar la capacidad del sistema eléctrico para integrar nueva demanda y almacenamiento en un entorno de creciente complejidad.
Por una parte, la Propuesta sobre accesos flexibles de la CNMC establece cómo debe gestionarse el acceso cuando la red presenta limitaciones, introduciendo distintos grados de flexibilidad que permiten admitir conexiones en situaciones en las que antes habrían sido denegadas. Por otra parte, la Propuesta sobre conexiones a la red actualiza el comportamiento técnico y operativo mínimo que deben cumplir las instalaciones una vez conectadas, reforzando elementos como el diseño, la protección, la respuesta ante perturbaciones y la coordinación con los procedimientos de operación vigentes.
La interacción entre ambos textos dibuja un modelo en el que acceder a la red y operar en ella quedan más estrechamente vinculados: el acceso deja de ser una autorización estática y pasa a depender de la capacidad real de adaptación de cada instalación, mientras que el funcionamiento posterior exige niveles crecientes de monitorización, control y capacidad de respuesta. De este modo, la regulación reconoce la evolución del sistema hacia un uso mucho más activo de la demanda y del almacenamiento.