La OCDE publicó ayer las reglas modelo para el Pilar 2 (GloBE), por las que se establecería una tributación efectiva global del 15%. Estas reglas se publican solo dos días antes de que la Comisión Europea dé a conocer su propuesta para la trasposición del Pilar 2 en la UE.
Las reglas consisten en 10 extensos artículos que deberán servir de modelo para aquellos países que adopten GloBE, cubriendo tanto la denominada income inclusion rule (IIR), como la undertaxed payments rule (UTPR). Queda pendiente la regulación de la subject to tax rule (STTR) que se publicará en 2022.
Con la publicación de ayer se conocen el primero de los documentos que deben desarrollar la tributación efectiva mínima. Queda pendiente que en enero se hagan públicos los comentarios que deberán de servir para la interpretación de las reglas anteriores.
A pesar de lo ambicioso del calendario, se sigue reiterando que el objetivo es que el Pilar 2, o al menos parte de él, se aplique en el año 2023, si bien parte de las reglas, como son la UTPR, queda pospuesto hasta el año 2024.
Para un mayor detalle sobre las reglas de Pilar 2 puede consultar nuestro Tax Policy Alert
Conclusión: por primera vez se conoce como va a ser la regulación que se establezca en España para requerir a los grandes grupos multinacionales una tributación mínima global del 15%.
En España la incorporación de las reglas se deberá hacer a través de la trasposición de la directiva, que supone una adaptación de las mismas para que no vulneren el derecho comunitario.
El impacto financiero de las nuevas normas ya se puede empezar a calcular, y dependerá fundamentalmente de las jurisdicciones en las que esté establecido el grupo empresarial, así como de los regímenes especiales o beneficios fiscales de los que disfrute. A juzgar por la información país por país publicada por la propia AEAT, no parece que, en general, las empresas españolas deban pagar impuestos adicionales, ya que en la mayoría de los supuestos alcanzan una tributación efectiva global superior al 15%, siendo la tributación media de la empresa española del 18,3%, si bien este dato nos sirve sólo como una aproximación ya que se deberá de recalcular de acuerdo con la base imponible de GloBE.
En cualquier caso, las empresas afectadas tendrán todas que cumplir con reglas complejas que, aun en los casos en los que no supongan un coste impositivo adicional, si que implicarán costes de cumplimento.
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