El pasado 27 de septiembre el Gobierno de la República Francesa presentó el borrador de la Ley de presupuestos para el año 2020 ante el Consejo de Ministros galo. Además de incorporar medidas fiscales con objeto de transponer la Directiva europea ATAD II, el documento incluye diversas medidas fiscales de imposición societaria.
La mayoría de estas medidas aplicarían a los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020 en caso de que se apruebe finalmente el proyecto de presupuestos.
Reducción progresiva del tipo impositivo del impuesto sobre sociedades
El proyecto contempla posponer, únicamente para las grandes empresas (aquellas con ingresos superior a 250 millones euros), la reducción progresiva del tipo impositivo del impuesto sobre sociedades fijada inicialmente en la Ley de finanzas para 2018.
De esta forma, se establecen los siguientes tipos impositivos aplicables a grandes empresas: para ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2020, el 28% para los primeros 500.000 euros de ingreso gravable y el 31% para el exceso sobre dicho umbral; para el año 2021, el 27,5%; y para el año 2022, el 25% general.
Modificación del tipo de gravamen sobre determinadas retenciones
En línea con la reducción gradual en el impuesto sobre sociedades, se modifican determinados tipos de retención recogidos en el Código Tributario Francés (en concreto, los artículos 119 bis, 182B, 187, 244 bis), para ajustarlos al tipo impositivo del impuesto sobre sociedades aplicable conforme al calendario de reducción progresiva.
Retenciones sobre beneficios emitidos por establecimientos permanentes
El borrador de presupuestos incorpora una modificación en relación con las retenciones sufridas en fuente por los beneficios distribuidos por establecimiento permanentes situados en Francia a sociedades no residentes. En particular, se establece que las compañías situadas en un país de la UE o del EEE pueden solicitar la devolución de la retención sufrida en Francia cuando prueben que las cantidades sujetas a dicha retención no han sido desinvertidas fuera de Francia.
Esta enmienda se enmarca en la decisión del pasado 10 de julio de 2019 del Consejo de Estado Francés, que considera que el art 115 quinquies del Código Tributario Francés vulnera el principio de libertad de establecimiento recogido en la normativa de la UE.
Exención en determinadas rentas aplicable a empresas deficitarias
En relación con el principio de libre circulación de mercancías de la UE y en cumplimiento de la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la UE de 22 de noviembre de 2018, el proyecto de presupuestos prevé incorporar dos medidas:
a) En el caso de sociedades extranjeras con pérdidas que sean objeto de un procedimiento de liquidación judicial o que se encuentren en estado de suspensión de pagos con imposibilidad manifiesta de recuperación, se prevé la exención de la retención, no solo sobre dividendos, sino para ciertas rentas tales como intereses, servicios, ganancias de capital obtenidas por no residentes o ganancias de capital derivadas de inmuebles.
b) En caso de empresas extranjeras deficitarias cuya situación financiera pueda recuperarse, se establece una devolución temporal de las retenciones sufridas hasta el momento en que vuelva a ser rentable, sujeta al cumplimiento de todas las obligaciones fiscales en Francia.
Cabe destacar que se prevén determinados requisitos adicionales y cláusulas anti abuso para la aplicación de estos beneficios fiscales.
Modificación del régimen de diferimiento en la transmisión de determinados activos
El proyecto propone la posibilidad de diferir cinco años la tributación de las plusvalías latentes relacionadas con la transmisión de activos fijos de una empresa que traslade su domicilio social o alguno de sus establecimientos permanentes a otro Estado miembro de la UE (o del EEE que cuente con un acuerdo de asistencia administrativa y de asistencia mutua).
Propuesta de transposición de la Directiva sobre IVA en el comercio electrónico
Se incluyen varias medidas de cara a la trasposición de la Directiva 2017/2455 sobre la reforma del régimen del IVA en el contexto del comercio electrónico. Entre otras, se crea una ventanilla única para declarar ciertas ventas a distancia de bienes transfronterizos y prestaciones de servicios dentro de la UE.
Asimismo, se propone un régimen especial de IVA para las ventas a distancia de bienes importados cuyo valor por envío no supere los 150 euros. Así, se prevé la creación de un nuevo contador electrónico llamado «Import One Stop Shop» (IOSS) para reportar transacciones bajo este régimen.
Otras medidas
Finalmente, con fin de garantizar la cooperación fiscal por parte de las plataformas electrónicas, se prevé la publicación en internet de una lista de plataformas consideradas como no cooperantes.
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