El Gobierno y la formación política Unidos Podemos han alcanzado un acuerdo sobre los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2019.
El documento contempla varias medidas en relación con el Impuesto sobre Sociedades, siendo la más destacada la reducción de la exención por doble imposición.
Tal y como explica el propio acuerdo, la normativa actual permite que las sociedades no tributen por los dividendos y plusvalías generadas por su participación en sociedades filiales, con el fin de eliminar la posible doble imposición que podría producirse.
La medida acordada consiste en reducir en un 5% la actual exención del 100%.
Dicha limitación se establecería en virtud de una disposición de la Directiva Matriz Filial, que regula el tratamiento fiscal de los dividendos repartidos entre entidades de la UE. Dicha regla permite que se pueden limitar la deducibilidad de los gastos asociados a la gestión de las participaciones pudiéndose cifrar los mismos, como máximo, en el 5% de los beneficios distribuidos por la sociedad filial.
En todo caso, de entrar en vigor esta disposición, será necesario analizar su compatibilidad con los Convenios de Doble Imposición firmados por España.
Además de la reducción de la exención, se acordó también la imposición de un tipo mínimo del 15% para aquellas empresas que tributen bajo el régimen de consolidación fiscal o con una cifra de negocios superior a los 20 millones de euros.
No obstante, dicho porcentaje del 15% se establecería sobre la base imponible y no sobre el resultado contable. Por ello, los impactos se reducirían exclusivamente al uso de bases imponibles negativas, deducciones y bonificaciones, que ya se encuentran actualmente muy limitadas.
En el caso de entidades de crédito y explotación de hidrocarburos el tipo de gravamen mínimo sería del 18%.
Adicionalmente, en lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades, se ha acordado también una disminución del tipo nominal del 25% al 23% para pequeñas empresas que facturen menos de un millón de euros.
Por último, el acuerdo contempla también el establecimiento de mayores controles sobre las SICAV y la aplicación de un tipo de gravamen del 15% sobre los beneficios no distribuidos por las SOCIMI.
Este es uno de los temas que recoge nuestro TICE Post correspondiente al mes de septiembre. Accede al documento completo haciendo clic aquí.