El pasado 23 de agosto, el gobierno peruano aprobó el Decreto Legislativo 1381 que entrará en vigor el 1 de enero de 2019. Entre otras modificaciones al Impuesto a la Renta, el citado decreto incluye novedades para la aplicación de las reglas antiabuso peruanas, concretamente en transacciones realizadas con entidades en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición, o que se realicen con sujetos cuyas rentas estén sujetas a un régimen fiscal preferencial. Un reglamento que se encuentra pendiente de publicación ampliará este decreto legislativo y detallará determinados conceptos que son novedosos.
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