Finalmente, y tras una larga tramitación por parte del Ayuntamiento de Barcelona, se ha aprobado y publicado el PEUAT, un instrumento de planeamiento urbanístico cuyo principal objetivo es el de compatibilizar los alojamientos turísticos de la ciudad con un modelo urbano sostenible, según establece el propio instrumento de planeamiento.
Este Plan Especial entró en vigor el pasado lunes día 6 de marzo y, entre otros, establece criterios para la implantación de hoteles, albergues o viviendas de uso turístico en Barcelona.
Así, el texto define cuatro zonas específicas que dividen la ciudad en función de la densidad de alojamientos turísticos de que disponen, estableciendo criterios más o menos restrictivos para la implantación de este tipo de actividades económicas.
Al respecto, debe destacarse la regulación prevista para la Zona específica “ZE-1”, la más restrictiva que prevé el PEUAT y que engloba barrios céntricos de Barcelona, como la antigua izquierda del Eixample, el Poble Sec, la Vila Olímpica, el Barri de Gràcia o Ciutat Vella. En esta zona, el Plan Especial no permite la implantación de ningún tipo de establecimiento de alojamiento turístico o de viviendas de uso turístico, así como la ampliación de los ya existentes.
Merece especial atención el régimen para la implantación de viviendas de uso turístico que establece el PEUAT para el Distrito de Ciutat Vella, el cual fija una moratoria hasta el día 16 de septiembre del 2019 para que todos los inmuebles de uso turístico queden agrupados en edificios vacíos que no dispongan de viviendas principales o secundarias.
Por lo que respecta al resto de Zonas, cabe destacar que en la ZE-2, que engloba zonas de Les Corts, Sarrià o Eixample, se establece un régimen de mantenimiento de los permisos que actualmente están operativos, y que en la ZE-4, localizada en la Sagrera o el 22@ Norte, se prohíbe la obtención de nuevas licencias de viviendas de uso turístico.
En cambio, el PEUAT es más laxo con la implantación de nuevos establecimientos de alojamiento turístico e inmuebles de uso turístico en los barrios que engloba la ZE-3, como por ejemplo Nou Barris o Vallcarca. En definitiva, el Plan Especial establece criterios de implantación altamente restrictivos.
Cabe señalar que contra el PEUAT puede interponerse Recurso Contencioso – Administrativo en el plazo de 2 meses desde la publicación del instrumento urbanístico.