Novedades en materia de Abuso de Mercado incluidas en el texto refundido de la Ley de Mercado de Valores

El 25 de noviembre de 2018, entró en vigor el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. La disposición final novena de esta Real Decreto, modifica el texto refundido de la Ley de Mercado de Valores, conocido como ‘TRLMV’, cuyas novedades más relevantes analizamos en el documento que podéis descargar abajo. El objeto es adaptarla al Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado (el “RAM”), y completar la transposición de la Directiva de Ejecución (UE) 2015/2392 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015, relativa al RAM en lo que respecta a la comunicación de posibles infracciones o infracciones reales.

Como indica la exposición de motivos del Real Decreto, aunque el RAM ya era de aplicación directa en España, resultaba de extraordinaria y urgente necesidad adaptar el ordenamiento jurídico nacional al mismo con objeto de introducir certidumbre tanto en los operadores como en la labor supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de tal modo que el mercado tenga todas las herramientas de supervisión necesarias para garantizar su buen funcionamiento.

Adicionalmente, antes de finalizar el año 2018, la disposición derogatoria única del Real Decreto 1464/2018, de 21 de diciembre, por el que se desarrolla, entre otras materias, el TRLMV, deroga el Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado, con efectos desde el 17 de enero de 2019.

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