La Ley número 19.566, de fecha 8 de diciembre de 2017, introdujo ciertas modificaciones a la Ley de Zonas Francas número 15.921. Entre las principales modificaciones, destaca la creación de las Zonas Temáticas de Servicios(ZTS), con el fin de potenciar la prestación de servicios audiovisuales, de esparcimiento y de entretenimiento (excepto juegos de azar y apuestas) en Uruguay.
Al tener las ZTS la consideración de zona franca, similar a lo que ocurre con el resto de usuarios de una zona franca en Uruguay, los usuarios de ZTS acceden no solamente a importantes incentivos fiscales sino también a otro tipo de beneficios respecto de las actividades desarrolladas dentro de la zona. Además, en el caso concreto de las ZTS, sus usuarios podrán también realizar actividades en el resto del territorio uruguayo, bajo determinadas condiciones.
Por su parte, las empresas autorizadas a explotar y desarrollar estas zonas también gozan de exoneraciones fiscales, con excepción (entre otros) del impuesto a la renta y las contribuciones especiales de seguridad social. Al respecto, el pasado noviembre de 2019 el Poder Ejecutivo uruguayo autorizó la instalación y desarrollo de la primera ZTS, dedicada a la industria audiovisual. Esta zona, en actual construcción, ofrecerá estudios insonoros de filmación, sets y oficinas multipropósito para la instalación de empresas de servicios vinculados a la producción de cine, televisión o publicidad.
Esta reciente autorización es un hito destacable en Latinoamérica; los incentivos ofrecidos tanto para las empresas que deseen invertir en el desarrollo de una ZTS, así como para aquellas que deseen utilizar este tipo de infraestructura para sus servicios internacionales de filmación o entretenimiento, son muy relevantes y han de ser tenidos en consideración por todas aquellas empresas que estén considerando realizar este tipo de actividades en Latinoamérica.