Hay muchas referencias en la normativa fiscal de países europeos que incluyen y dependen del concepto de beneficiario efectivo. En este contexto europeo, se ha venido prestando especial atención a la evolución del concepto no sólo por su relevancia, sino por la novedosa doctrina adoptada por el TJUE en los conocidos como asuntos daneses de febrero de 2019.
Son ya múltiples las autoridades, incluyendo las españolas, que están teniendo en consideración dicha doctrina a la hora de interpretar el concepto de beneficiario efectivo y, en algunos casos, a la hora de garantizar el acceso a las provisiones domésticas que implementan las exenciones de tributación en fuente de intereses y dividendos.
A este respecto, os remitimos a nuestra última actualización (en inglés) del input más relevante a nivel europeo sobre la evolución del concepto, tanto a nivel normativo como al nivel de la practica seguida por Administraciones Tributarias domésticas.
Como hemos hecho referencia en anteriores comunicaciones, la adopción de esta doctrina del TJUE está provocando que muchos inversores se estén y se tengan que seguir replanteando sus estructuras, de cara a anticipar y evitar efectos adversos, entre otros, derivados de la denegación de la exención de tributación en origen de ciertas rentas.