El pasado 6 de octubre, el Consejo Constitucional francés, siguiendo la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 17 de mayo de 2017, declaró inconstitucional el impuesto del 3% sobre la distribución de dividendos. La Sentencia se refiere específicamente al tratamiento discriminatorio de la sujeción al impuesto de la distribución de dividendos proveniente de beneficios de fuente francesa frente a la exención cuando dichos dividendos cuando provenían de beneficios de filiales en otros estados miembros de la UE. Como consecuencia de esta Sentencia cabe valorar la posible solicitud de devolución del Impuesto pagado indebidamente.
Accede al boletín Tax Insights from International Tax Services completo (en inglés) haciendo clic aquí.