El pasado 18 de diciembre, el Gobierno de Chile envió al Senado los comentarios al Proyecto de Modernización Tributaria con el objetivo de finalizar el Acuerdo Tributario firmado entre el Gobierno y los Senadores de la Comisión de Hacienda el pasado 8 de noviembre. En principio, se espera una aprobación de urgencia en las últimas semanas del año.
Principales aspectos de la reforma fiscal chilena
Sistema tributario
Se mantiene el sistema parcialmente integrado, eliminándose el sistema de integración entre el impuesto sobre la renta (impuesto de primera categoría) y la retención (impuestos finales).
Nuevo Tramo del Impuesto Global Complementario e Impuesto Único de Segunda Categoría
A partir del año comercial 2020 se propone el aumento del tipo marginal máximo del impuesto global complementario (IGC) e impuesto único de segunda categoría al 40% aplicable a determinadas rentas. En ningún caso la carga tributaria máxima superará el 44,45% por lo que, en el caso de que resulte de aplicación el citado 40% de IGC, se otorga un crédito del 5% sobre aquella parte de los dividendos afectos.
Eliminación del PPUA
Se elimina el pago provisional de las utilidades absorbidas (PPUA, i.e., mecanismo indirecto de compensación de pérdidas fiscales entre filiales y matrices) a partir del año comercial 2024. Entre los años 2020 y 2023 se reducirá la devolución del PPUA en forma gradual de la siguiente forma:
- Año comercial 2020: 90%,
- Año comercial 2021: 80%,
- Año comercial 2022: 70%, y
- Año comercial 2023: 50%.
Nueva contribución para el desarrollo regional
Se introduce un pago único que afecta a los contribuyentes de impuesto de primera categoría respecto de proyectos de inversión que se ejecuten en Chile cuando se cumplan, en términos generales, los siguientes requisitos:
- Proyecto de inversión que comprenda la adquisición, construcción o importación de bienes por un valor total igual o superior a EUR 9 millones aprox., y
- Que dicho proyecto esté sujeto al sistema de evaluación de impacto ambiental.
Con carácter general el tipo de dicho impuesto será de un 1%, el cual será aplicado sobre el importe que exceda los citados EUR 9 millones.
IVA en servicios digitales
El IVA del 19% sobre servicios digitales se recauda a través de un sistema simplificado de registro para los contribuyentes no domiciliados, ni residentes en Chile, que presten servicios a personas físicas chilenas.
Sobretasa de impuesto territorial para el patrimonio inmobiliario
Se introduce una sobretasa de impuesto territorial respecto del conjunto de activos inmobiliarios de un mismo contribuyente cuyo valor fiscal exceda aprox. EUR 500k. El tipo será progresivo entre un 0,075%, 0,15% y 0,275%.