Propuestas de la Comisión Europa para la modernización de los derechos de autor

6 de octubre de 2016

Durante el mes de septiembre, la Comisión Europea ha publicado varias propuestas para la modernización de la normativa de los derechos de autor, con el fin de adecuar el marco normativo a la transformación que ha supuesto el uso de las tecnologías digitales en la forma de ofrecer y producir el contenido, así como en la forma de consumirlo. ¿Cuáles son los principales aspectos de reforma que recoge este paquete de iniciativas legislativas?

1. Contexto europeo

En los últimos meses hemos podido ver publicadas las distintas iniciativas políticas y propuestas legislativas,  encaminadas a dar cumplimiento a la estrategia para el Mercado Único Digital que la Comisión Europea presentó en mayo de 2015.

Como indicábamos en nuestro Breves Junio 2015, la Comisión Europea publicó su Hoja de Ruta con las medidas a adoptar en los próximos dos años para la creación de un verdadero Mercado Único Digital y, que gira en torno a tres pilares fundamentales:

  • mejorar el acceso a los bienes y servicios digitales,
  • crear las condiciones adecuadas para el desarrollo de las redes y los servicios digitales y,
  • maximizar el crecimiento de la economía digital.

En este contexto, en diciembre de 2015, la Comisión Europea propuso un nuevo

Reglamento relativo a la portabilidad

transfronteriza de servicios de contenidos en línea, con el objetivo de eliminar los mecanismos de geobloqueo que hasta la fecha impedían a los ciudadanos que accedían a contenidos a través de servicios on line visualizarlos en un estado miembro diferente al del lugar de adquisición.

A su vez, la Comisión presentó un Plan de Acción para modernizar y armonizar el marco normativo de derechos de autor de la UE.  Fruto de ese Plan de Acción, el pasado 14 de septiembre de 2016, el presidente de la Comisión Europea anunció las primeras propuestas que incluyen dos Reglamentos y dos Directivas:

  • Propuesta de Reglamento que regula los derechos de autor y derechos conexos para transmisiones y retransmisiones de televisión en línea y programas de radio.
  • Propuesta de Reglamento que regirá los intercambios de copias en formato accesible entre la UE y terceros países que forman parte del Tratado de Marrakech.
  • Propuesta de Directiva para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, o con deficiencias visuales (Tratado Marrakech).
  • Propuesta de Directiva sobre derechos de autor en el Mercado Único Digital.

Este paquete de medidas cumple con el objetivo de avanzar en la  modernización de la normativa de los derechos de autor, con el fin de adecuar el marco normativo a la transformación que ha supuesto el uso de las tecnologías digitales en la forma de ofrecer y producir el contenido, así como en la forma de consumirlo en la era digital, e incrementar, en definitiva, la diversidad cultural, la capacidad de elección y acceso a los contenidos en línea y a través de las fronteras, ofreciendo un mercado más justo y sostenible para los creadores, las industrias creativas y la prensa.

2. Aspectos clave que recogen las propuestas de reforma

Las distintas propuestas de la Comisión, la mayoría de ellas recogidas en la propuesta de Directiva de Derechos de Autor (o Copyright), y consideradas prioritarias, pueden resumirse en la implementación de las siguientes medidas:

(i) Mayor capacidad de elección y acceso a los contenidos en línea y a través de las fronteras

Tras la reforma en materia de portabilidad y acceso transfronterizo por parte de los consumidores a contenidos como películas, músicas y libros electrónicos, ahora se propone  facilitar a los organismos de radiodifusión y operadores de servicios de retransmisión, la obtención de las autorizaciones de los titulares de los derechos, para transmitir programas en línea en otros estados miembros de la UE, a través de un sistema de gestión colectiva obligatoria, proporcionando al consumidor mayor posibilidad de elección de contenidos.

Estas medidas van destinadas a promover el diálogo con la industria audiovisual, un mayor acceso a los obras de la UE, diluir las barreras lingüísticas y explorar nuevos modelos de negocio.

Para su consecución la UE proporcionará financiación al desarrollo de tecnología para la distribución en línea de contenidos lícitos, la digitalización de obras, el doblaje y el subtitulado y, la creación de un catálogo o agregador de películas europeas.

(ii) Un mercado más justo y sostenible para los creadores, las industrias creativas y la prensa

La Comisión propone la creación de un nuevo derecho afín para los editores, similar al que existe en el Derecho de la UE para los productores y otros agentes de industrias creativas, con el fin de que el uso y explotación en línea de artículos, noticias, fotos, y otros contenidos incluidos en periódicos, revistas y otras  publicaciones, sea remunerado adecuadamente por los agregadores on line y buscadores cuando incluyan enlaces a contenidos con pequeños fragmentos de la noticia.

Esta modalidad compensatoria ya fue introducida en nuestro ordenamiento jurídico en la última reforma de la Ley de Propiedad Intelectual con la inclusión de  una tasa a los agregadores de noticias, que trajo como consecuencia la decisión de Google de cerrar en el mercado Español Google News. 

Por ultimo, se exige a las plataformas de distribución de videos, la obligación de utilizar medidas eficaces para reconocer las distribución ilícita de contenidos (Content ID) y proceder a su retirada.

(iii) Facilitar el acceso y uso a materiales, obras u otros contenidos protegidos en ciertos ámbitos como la investigación, educación y a las personas con discapacidad visual.

El objetivo de esta medida es promover el uso de contenidos y herramientas digitales, a efectos de ilustración de la enseñanza sin la necesidad de solicitar autorización previa de los titulares de los derechos.  Estas medidas también contribuirán a facilitar el acceso a los investigadores de la UE a tecnologías de data mining y analítica de datos.

Para ello, la Comisión propone la introducción de una excepción obligatoria o limitación en las normativas nacionales.

Promueve asimismo la aplicación del Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las personas con discapacidad visual, garantizando la disponibilidad e intercambio de obras dentro de la UE y, con terceros países firmantes del Tratado.

Las nuevas propuestas legislativas analizadas, seguirán el correspondiente tramite parlamentario para su aprobación junto con la propuesta de Reglamento relativo a la portabilidad transfronteriza de diciembre 2015.

Paralelamente, están en marcha el resto de medidas anunciadas por la Comisión en diciembre de 2015, entre las cuales se encuentran el desarrollo de medidas para la persecución de infracciones, como por ejemplo, acciones de cesación provisionales y retirada de contenidos, facilitando la emisión de requerimientos judiciales contra infractores en otras jurisdicciones. 

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