La semana pasada la Comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, anunció que la Comisión Europea ha concluido que Luxemburgo otorgó “beneficios fiscales ilegales” a Amazon constituyendo una ayuda de Estado, concedida a través de un ruling, cifrando el beneficio otorgado en aproximadamente 250 millones de euros. Como consecuencia, Amazon deberá abonar a Luxemburgo los impuestos que no pagó en su momento, eliminando de esta manera la distorsión a la competencia.
Ésta es una nueva decisión adoptada por la Comisión Europea dentro del ejercicio iniciado en junio de 2013 y extendido en diciembre de 2014 a todos los Estados miembros, tras el escándalo Luxleaks. En esta fecha la Comisión solicitó a todos los Estados miembros que aportasen la lista de todas las empresas que habían sido beneficiarias de un ruling, con el objeto de investigar la práctica de otorgar tax rulings por parte de los Estados miembros.
Además de Amazon, hasta el momento la Comisión ha entendiendo que hay ayuda de Estado en los casos de los rulings otorgados a Apple, Starbucks y Fiat, y está investigando los casos de McDonald’s y GDF Suez (Engie). Dentro de este ejercicio, la Comisión también ha concluido que existe una ayuda de Estado en el caso belga de beneficios extraordinarios, otorgado a las empresas mediante un procedimiento de autorización previa obligatoria, es decir, mediante un ruling y está investigando los rulings concedidos por Gibraltar.
Una ayuda de Estado es una medida que proporciona al beneficiario una ventaja económica, concedida a través de recursos estatales, con carácter selectivo al favorecer a determinadas empresas o producciones y suponer una distorsión de la competencia.
Es más complicado definir un tax ruling, ya que el concepto y su práctica difiere considerablemente de un Estado a otro, pero podría entenderse que es la interpretación o aplicación, por la administración, de la normativa tributaria para un supuesto concreto planteado por un empresa, otorgando de esta manera certeza sobre una tributación determinada.
Con estos casos, la Comisión ha abierto una nueva línea de actuación, entendiendo que una ayuda de Estado fiscal se puede otorgar no sólo mediante una disposición legislativa, sino también mediante un ruling, que rebaje la carga impositiva a una empresa, otorgándole así una ventaja selectiva.
Estas decisiones de la Comisión Europea han sido aplaudidas por haber conseguido, por fin, un instrumento que luche de forma eficaz contra unas prácticas que para muchos son abusivas.
En este sentido, la Comisión ha hecho un gran ejercicio de comunicación, logrando que su actuación se vea como necesaria y adecuada para lograr una “tributación justa”, en un entorno favorable dentro de una estrategia de política fiscal, presidida por BEPS y la lucha contra prácticas fiscales agresivas.
La Comisión está logrando su objetivo político, como se deriva de las reacciones del Parlamento Europeo o de las declaraciones de los Estados, como recientemente Luxemburgo, que en su comunicado de prensa a raíz del caso Amazon, incide en que ha modificado sus reglas de manera sustancial y resalta su pleno compromiso con el proyecto BEPS.
Sin dudar de la conveniencia de alcanzar estos objetivos, lo que es más cuestionable es que las ayudas de Estado sean el instrumento adecuado para su consecución. El análisis técnico de los casos debería desligarse de la valoración política o social de un determinado esquema tributario, pero la Comisión, probablemente de manera deliberada, está mezclando las dos cuestiones.
Es necesario que el análisis y la valoración de los casos sea riguroso, no buscando el impacto mediático, ni poniendo en el punto de mira unos rulings, que deberían dar certeza al contribuyente y lejos de conseguir este objetivo le están suponiendo un gran coste reputacional.
En definitiva, una cosa es que una determinada tributación pueda considerarse “injusta” y otra muy distinta es que sea una ayuda de Estado. Y una herramienta técnica, como son las ayudas de Estado, debería de aplicarse con rigor y no como un instrumento político.