El 17 de septiembre de 2019, el ministro holandés de finanzas presentó al parlamento el borrador de presupuestos para el año 2020. Estos presupuestos incluyen una serie de medidas fiscales con impacto directo tanto en la fiscalidad doméstica holandesa como en la fiscalidad internacional que viene a mostrar la concienciación en materia de abuso y elusión fiscal. Las principales medidas fiscales contempladas en los presupuestos son:
1. Introducción de una retención sobre ciertos pagos de intereses y cánones a nivel intra-grupo.
Se propone que, con fecha 1 de enero de 2021, se introduzca una retención del 21,7% sobre el pago de intereses y cánones a nivel intra-grupo que aplicará en ciertas estructuras o mecanismos abusivos y ante ciertas situaciones en las que se vean involucrados instrumentos híbridos como entidades y establecimientos permanentes.
Los aspectos relevantes sobre la aplicabilidad de esta retención son: que aplicará tanto en aquellos supuestos en los que sociedades holandesas o establecimientos permanentes holandeses de no residentes efectúen pagos a no residentes; y el pago se deberá efectuar a una entidad vinculada, constituyendo el control (por ejemplo, al menos el 50% sobre los derechos de voto) el criterio relevante a estos efectos.
En lo que respecta al carácter abusivo de mecanismos y estructuras, se espera que algunas de sus notas distintivas, entre otras, sean la interposición de sociedades conduit que no califiquen como el beneficiario efectivo de las rentas, sin sustancia a efectos fiscales o sin motivación económica que pueda justificar su interposición.
2. Se retrasa la reducción del tipo nominal en el Impuesto sobre Sociedades a 2021
Se espera mantener el tipo impositivo nominal para el Impuesto sobre Sociedades en el 2020 al 25%. No obstante, se prevé reducirlo al 21,7% en 2021. En este sentido, los tipos nominales quedarían como sigue: para el año 2020, el tipo del 16,5% para ingresos hasta 200.000 euros y del 25% para los ingresos excediendo los 200.000 euros; y para el año 2021, del 15% para ingresos hasta 200.000 euros, y del 21,7% para ingresos excediendo los 200.000 euros.
3. Cambios en las condiciones para aplicar la exención en la retención sobre dividendos
Se establece una modificación de las condiciones para acceder a la exención en la retención sobre los dividendos con efectos desde el 1 de enero de 2020. Este cambio viene motivado por la doctrina jurisprudencial de los denominados casos daneses del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Bajo esta modificación se reconocería el derecho de las autoridades fiscales holandesas a demostrar que la estructura o mecanismo es abusivo, incluso si los requisitos en materia de sustancia fueran cumplidos.
4. Implementación de una regla de capital mínimo para limitar la deducibilidad de intereses
Se pretende introducir una regla sobre el capital mínimo de bancos y entidades aseguradoras supervisadas por el regulador holandés que limitaría la deducibilidad de los intereses financieros a efectos del impuesto sobre sociedades.
5. Otras reformas
Se incluyen también otra serie de reformas fiscales:
- Se reconoce el derecho de las autoridades fiscales holandesas a probar la ausencia de actividad económica sustantiva, incluso si los requisitos en materia de sustancia fiscal fueran cumplidos, a la hora de aplicar la regla sobre transparencia fiscal internacional.
- Se esperan cambios en cuanto a la definición de establecimiento permanente, lo que alineará la definición doméstica con la definición del convenio para evitar la doble imposición aplicable en el caso en particular.
- Se exigirá, también, que las sociedades holandesas prestadoras de servicios tengan que cumplir con una serie de requisitos en materia de sustancia para no caer en el intercambio de información con otras jurisdicciones.
- Se prevé el incremento del tipo aplicable en el denominado innovation box del 7 al 9% desde el 1 de enero de 2021.
Son notorios los potenciales impactos que la reforma fiscal podría suponer en materia de fiscalidad internacional dado el papel clave que Holanda juega en esta materia. Es por ello por lo que operadores internacionales con presencia, directa o indirecta, en Holanda deberían seguir de cerca el avance de esta reforma, así como anticipar el impacto fiscal, y financiero, que ésta podría tener sobre sus modelos operativos y de negocio.