El Anteproyecto de Ley General de Telecomunicaciones tiene, principalmente, tres objetivos: transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establecen el código europeo de las comunicaciones electrónicas; regular el régimen general de las telecomunicaciones, compendiando la normativa vigente y actualizando aspectos que han sufrido importantes modificaciones desde la aprobación de la anterior ley del año 2014; y sentar las bases para el despliegue de las redes de muy alta capacidad, como fibra óptica y 5G, introduciendo novedades legislativas en relación con la accesibilidad a las telecomunicaciones y la gestión del espectro radioeléctrico para impulsar el despliegue de la quinta generación de redes móviles.
Novedades introducidas en el Anteproyecto con respecto a la legislación anterior
El pasado 11 de septiembre, se inició el periodo de audiencia pública para el Anteproyecto, al que se podrán realizar aportaciones hasta el día 13 de octubre en la página web del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
La redacción de este Anteproyecto forma parte de los compromisos de la estrategia “España Digital 2025” en el ámbito de la conectividad, que constituye una pieza fundamental de la transformación digital.
Alcance
El Anteproyecto incluye dentro de su ámbito de aplicación la regulación de las telecomunicaciones, y comprende la instalación y explotación de las redes de comunicaciones electrónicas, la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas, sus recursos y servicios asociados, los equipos radioeléctricos y los equipos terminales de telecomunicación. En definitiva, esta norma no sólo regula los servicios de comunicaciones electrónicas, sino también cuestiones sobre los equipos de telecomunicaciones, usos del dominio público e infraestructuras comunes en edificios.
Objetivo del fomento de la inversión en redes
El principal objetivo del Anteproyecto es el fomento de la inversión en redes de muy alta capacidad, introduciendo figuras como la de los estudios geográficos o la de la co-inversión. Este objetivo obedece a que las nuevas redes de muy alta capacidad, y en especial la nueva generación de telefonía móvil 5G, se sitúan como una pieza clave para acelerar la transformación digital de la sociedad y la economía.
En línea con lo anterior, y con el objeto de incentivar los despliegues, se garantiza la utilización compartida del dominio público o la propiedad privada, el uso compartido de las infraestructuras y recursos asociados y utilización compartida de los tramos finales de las redes de acceso. Por otro lado, atendiendo a la importancia de servicios digitales esenciales (e.g. correo electrónico, banca por internet, noticias en internet), se establece que las velocidades de acceso garanticen la adecuada prestación de estos servicios esenciales.
Ciberseguridad en las redes 5G
En línea con la Recomendación de la Comisión sobre Ciberseguridad de las Redes 5G, se recogen una serie de medidas destinadas a garantizar que no haya incidentes de seguridad en las redes 5G o que estas se recuperen rápidamente de un incidente, para que ello no repercuta negativamente en el funcionamiento de los servicios y actividades de cualquier sector económico dependientes de esta tecnología, ya que entre ellos pueden encontrarse servicios esenciales como el suministro de agua potable, la sanidad, el transporte o la energía. Asimismo, la cadena de suministro se perfila como clave para mantener la seguridad de la red, evitando amenazas y ataques orquestados que pueden afectar a todas las dimensiones de seguridad (confidencialidad, disponibilidad e integridad).
El espectro radioeléctrico
El Anteproyecto revisa las normas que regulan la gestión del espectro radioeléctrico para el despliegue de las redes 5G y otros servicios inalámbricos. Se introduce como objetivo del uso del espectro la cobertura del territorio y la población y de los corredores nacionales y europeos, así como la previsibilidad para favorecer inversiones a largo plazo. Para ello, se racionaliza la adjudicación y gestión del dominio público radioeléctrico, se establecen medidas que facilitan el uso compartido del espectro por operadores móviles, se evitan restricciones indebidas a la implantación de puntos de acceso inalámbrico para pequeñas áreas y se prevén importantes modificaciones en el régimen de duraciones de las concesiones para banda ancha inalámbrica.
Servicios de comunicación interpersonales
Dentro de las novedades regulatorias, la norma incluye, por primera vez, los servicios de comunicación interpersonales no basados en numeración o de mensajería. En particular, se introduce la obligación de comunicación al Registro de Operadores con carácter previo al inicio de la actividad y se prevén medidas en materia de seguridad destinadas a gestionar los nuevos riesgos a los que se ven sometidos estos servicios.
Derechos de los usuarios y obligaciones de servicio universal
El Anteproyecto incorpora avances en materia de protección de los derechos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, reforzando, por ejemplo, las obligaciones de transparencia en los contratos, la limitación de su duración y la regulación de los contratos empaquetados.
Asimismo, se presta especial atención al acceso en condiciones iguales y asequibles a las comunicaciones electrónicas, atendiendo a las actualizaciones que el Anteproyecto introduce en el servicio universal. A este respecto, se establece la posibilidad de que esta asequibilidad del servicio universal se pueda garantizar por todos los operadores y se pueda disfrutar por consumidores con discapacidad a un nivel equivalente al que disfrutan otros consumidores.
Por último, se refuerza el funcionamiento del número 112 como número de llamada de emergencia a escala europea, estableciendo obligaciones de accesibilidad para personas con discapacidad e introduciendo la posibilidad de enviar, a través del mismo, mensajes de alerta a la población.