Continuando con el procedimiento legal para establecer la obligación de facturación electrónica entre empresarios y profesionales B2B, prevista en el artículo 12 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, más conocida como “Ley Crea y Crece”, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha iniciado con fecha 7 de marzo de 2023 la Consulta pública previa sobre el desarrollo reglamentario previsto en la Disposición Final séptima de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, referido a los requisitos técnicos y de información a incluir en la factura electrónica a efectos de verificar la fecha de pago y obtener los periodos medios de pago, los requisitos de interoperabilidad mínima entre los prestadores de soluciones tecnológicas de facturas electrónicas, y los requisitos de seguridad, control y estandarización de los dispositivos y sistemas informáticos que generen los documentos.
En este punto, interesa recordar que la entrada en vigor de la obligación de facturación electrónica entre empresarios y profesionales (B2B), está prevista en plazo de un año a partir de la aprobación del Real Decreto de desarrollo en el caso de los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros al año y para el resto, pasados los dos años desde su aprobación.
La finalidad y objetivo de la Consulta es la de recabar posturas y opiniones de las personas y organizaciones más representativas del tejido empresarial que sean potenciales sujetos obligados, así como de las empresas proveedoras de servicios de facturación electrónica B2B y otras empresas y fabricantes de sistemas y programas informáticos relacionados con la facturación, acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
- La necesidad y oportunidad de su aprobación
- Los objetivos de la norma
- Las posibles soluciones alternativas
El desarrollo reglamentario que en su día se apruebe determinará los aspectos fundamentales de la obligación, tales como, los requisitos técnicos y de información a incluir en la factura electrónica a efectos de verificar la fecha de pago y obtener los periodos medios de pago, los requisitos de interoperabilidad mínima entre los prestadores de soluciones tecnológicas de facturas electrónicas, y los requisitos de seguridad, control y estandarización de los dispositivos y sistemas informáticos que generen los documentos.
En particular, como parte del trámite de consulta pública previa, se proponen los siguientes bloques con cuestiones concretas relacionadas con los elementos necesarios para la articulación del desarrollo reglamentario:
- Ámbito de aplicación
- Arquitectura
- Interoperabilidad de Formatos
- Interconexión de Plataformas
- Estados de la Factura
- Remisión de información a las Administraciones Públicas
- Adaptaciones para empresas de menor dimensión y autónomos
A continuación, tenéis el acceso a la página del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que contiene toda la información.
Los sujetos potencialmente afectados pueden enviar sus observaciones y comentarios en el plazo de 15 días naturales, hasta el próximo 22 de marzo de 2023, siendo estas contribuciones susceptibles de difusión pública. En caso de que deban ser tratadas con carácter confidencial deberá ser específicamente indicado en el texto enviado motivando las razones por las que deban ser tratadas de ese modo.
¿Cómo podemos ayudar?
Desde PwC podemos ayudar a todas aquellas personas y organizaciones interesadas en analizar las cuestiones sometidas a consulta con el fin de realizar las oportunas contribuciones, para lo que contamos con un equipo multidisciplinar formado por profesionales con amplia experiencia en este tipo de proyectos tanto en el ámbito fiscal como de consultoría de procesos y sistemas.