¿Cómo funcionan las contramedidas de la UE contra los aranceles de los EEUU? El instrumento contra la coerción económica

El Gobierno de los EE.UU. ha anunciado la imposición de un arancel del 20% a las exportaciones de la Unión Europea, y desde las instituciones de unión se ha amagado con la activación del mecanismo europeo para evitar “la coerción económica ejercida por terceros países, a fin de proteger sus derechos e intereses y los de sus Estados miembros”.

Se trata, en concreto, del conocido como el Instrumento contra la Coerción Económica, que se regula en el Reglamento (UE) 2023/2675 de 22 de noviembre de 2023, relativo a la protección de la unión y de sus Estados miembros frente a la coerción económica por parte de terceros países.

Esta norma, que entró en vigor el 27 de diciembre de 2023, pretende ser una herramienta para responder a actuaciones con impacto económico, por parte de terceros países, que se perciban por la UE como una inferencia en su soberanía pero, ¿en qué consiste exactamente?

Las medidas que podrá adoptar la Unión Europea

El reglamento parte siempre de la premisa de que cualquier batalla comercial es negativa para las partes involucradas, por lo que exige, como antesala de cualquier medida, intentar una solución negociada al conflicto.

Solo en caso de que estas negociaciones no prosperen, se prevé, como último recurso, la aplicación de una serie de medidas que se citan en su Anexo I, entre las que se incluyen:

  • La imposición de derechos de aduana nuevos o más elevados a la importación o exportación de mercancías.
  • Restricciones a la importación o exportación de mercancías, como puede ser la imposición de licencias de importación o exportación o el aumento de restricciones al pago de mercancías.
  • Medidas relativas al derecho a participar en procedimientos de contratación pública, como puede ser la exclusión de mercancías, servicios o proveedores de un tercer país de la contratación pública.
  • La imposición de medidas que afecten al acceso a la inversión extranjera directa a la Unión.
  • Limitaciones en el comercio de servicios y restricciones a la protección de los derechos de propiedad intelectual o explotación comercial.

Implicaciones complejas de prever

Las medidas que se prevén en la norma no dejan de ser las respuestas habituales que se suelen dar en este ámbito. Lo realmente relevante es la intensidad con las que, en última instancia, puedan aplicarse.

Previsiblemente, en las próximas semanas, se multiplicarán los contactos dentro de la UE y, especialmente, entre la UE y la Administración de EE.UU, con el objeto, muchas veces complejo y en ocasiones ingrato, pero siempre necesario, de tender puentes y puntos de entendimiento que alejen la posibilidad de un escenario de guerra comercial.

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Meritxell Mesalles: