Aportación al Fondo de Eficiencia Energética en el año 2016

El 20 de marzo entró en vigor la Orden IET/359/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) en el año 2016. Esta Orden, como hizo para el 2015 la Orden IET/289/2015, da cumplimiento al artículo 70.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, en la que se regula el sistema de obligaciones de eficiencia energética y del FNEE, mediante el establecimiento de:

  1. El objetivo de ahorro energético en el año 2016.
  2. Los porcentajes de reparto entre los correspondientes sujetos obligados.
  3. Las cuotas u obligaciones de ahorro resultantes y su equivalencia económica.

El apartado primero regula las obligaciones de aportación al FNEE, estableciendo un objetivo de agregado de 262 kteps o 3.046,51 GWh para el año 2016 y el valor base de la equivalencia financiera, que servirá para el cálculo de las aportaciones a realizar por los sujetos obligados. La regulación de este apartado se completa con la información incluida en los Anexos I, II y III de la Orden. Su Anexo I establece la metodología empleada para asignar a cada sujeto obligado las obligaciones de ahorro y su equivalencia económica para el año 2016. El Anexo II incluye el listado de sujetos obligados que han de realizar sus aportaciones al FNEE, fijando sus respectivas cuotas de obligaciones de ahorro para el año 2016 y su equivalencia económica.

Las aportaciones deben ser ingresadas en cuatro pagos iguales a lo largo de 2016: antes del 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y del 31 de diciembre. Los sujetos obligados podrán cumplir con sus obligaciones de aportación al FNEE siguiendo las instrucciones publicadas por el IDAE en su web: http://www.idae.es/index.php/relcategoria.1152/id.891/relmenu.449/mod.pags/mem.detalle.

El apartado segundo reconoce derechos de cobro a favor de los sujetos incluidos en el Anexo II con importes negativos, siempre que hubieren cumplido con sus obligaciones de aportación en el año 2015; y de determinados sujetos que en 2016 no reúnen ya los requisitos para ser considerados sujetos obligados. El IDEA abonará estos derechos de cobro con cargo al FNEE, previa solicitud de devolución de ingresos indebidos, que se ha de presentar antes del 19 de junio de 2016.

El apartado tercero señala la posibilidad de interponer recurso de reposición o contenciosoadministrativo contra la Orden; impugnación precisa si se quiere evitar que el pago quede consentido.

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