TICE Posts: Se aprueba el proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos

1 de noviembre de 2017

Ignacio Quintana

Socio de Fiscal en PwC Tax & Legal

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Jesús Toribio

Socio responsable de Tech, Telco & Medios

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El Consejo de Ministros aprobó el pasado 10 de noviembre el nuevo proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos con el objetivo de aumentar la seguridad jurídica y adaptar la normativa a la evolución tecnológica.

Se regulan, además, los derechos de los herederos sobre la información de personas fallecidas.

Entre las principales novedades aportadas por este proyecto de ley, destacan las siguientes:

  • Respecto al concepto de consentimiento, se establece la obligación de requerir autorización para cada una de las finalidades, no siendo viable un consentimiento genérico para el tratamiento. Se aclara, además, que no cabe el consentimiento tácito.
  • En relación con la edad de los menores para prestar consentimiento, se establece como edad mínima los 13 años de edad, a diferencia de los 16 que contemplaba la legislación anterior.
  • La nueva legislación ofrece la posibilidad a los herederos de ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión en nombre de una persona fallecida.
  • Se constata la posibilidad de realizar ciertos tratamientos bajo la base del interés legítimo (sin necesidad de consentimiento) como es el caso del tratamiento de datos de contacto y de empresarios individuales, sistemas de información crediticia, tratamiento con fines de videovigilancia, sistemas de exclusión publicitaria o sistemas de información de denuncias internas en el sector privado, entre otros.
  • Respecto a la transparencia y la información, se incluye la posibilidad de informar por capas. A su vez, se establece la obligatoriedad de incluir la información sobre la elaboración de perfiles en una primera capa de información.
  • Finalmente, la novedad más relevante es la obligación de designar un delegado de protección de datos en 15 supuestos.

Entre otros casos, será necesaria su designación en entidades que exploten redes y presten servicios de comunicaciones electrónicas, que desarrollen actividades de publicidad y prospección comercial o que desarrollen la actividad del juego a través de canales electrónicos, informáticos o interactivos.

Este es uno de los temas que recoge nuestro TICE Post correspondiente al mes de noviembre. Accede al documento completo haciendo click aquí

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